Becas para hijos de mineros fallecidos en la Mina la Espuela, Mina Santa María y Mina Pasta de Conchos.

Nombre del Programa

Becas para hijos de mineros fallecidos en la Mina la Espuela, Mina Santa María y Mina Pasta de Conchos.

Objetivo

Apoyo a las familias de los mineros fallecidos; a fin de que las madres y/o hijos tengan acceso, permanencia y conclusión en sus estudios que les permita alcanzar una mejor calidad de vida.

Beneficiarios

Variable

Fuente de la Inversión

Estatal

Descripción del Programa

Se otorga una beca económica por un máximo de 10 meses, el monto a pagar se establece con base al nivel educativo a cursar.

Requisitos

Presentar documentación que los acredite como esposa e hijo de un minero fallecido en alguna de las minas antes señaladas.

Estar inscrito en planteles oficiales, públicos o privados pertenecientes al Sistema Educativo Nacional que les permita obtener un grado de estudio.

Número de Beneficiarios

23

Reglas de Operación

Bajo Fundamento Legal

Contacto(s)/Horario

de Atención

Instituto de Becas para Educación Básica

Horario de Atención

Lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas

Costo del Trámite

El formato y el trámite de Solicitud es gratuito.

Tiempo de Respuesta

Con base a la disponibilidad presupuestal.

Fundamento Legal

Mina la Espuela:

• Convenio firmado entre el Gobernador Constitucional del Estado Lic. Enrique Martínez y Martínez, El Secretario de Finanzas, Lic. Javier Guerrero García, el Secretario de Educación de Coahuila, Profr. Humberto Moreira Valdés, con fecha de 29 de enero de 2002.

Mina Santa María :

• Convenio firmado entre el Gobernador Constitucional del Estado Lic. Enrique Martínez y Martínez, El Secretario de Finanzas, Lic. Javier Guerrero García, el Secretario de Educación de Coahuila, Profr. Humberto Moreira Valdés, con fecha de 9 de mayo de 2002

Mina Pasta de Conchos:

• Convenio firmado entre el Gobernador Constitucional del Estado Profr. Humberto Moreira Valdés, El Secretario de Finanzas, Lic. Jorge Juan Torres López, el Secretario de Educación y Cultura, Profr. Manuel Jaime Castillo Garza, con fecha de 14 de mayo de 2006.

Información Complementaria

Las becas otorgadas se establecen sin ningún perjuicio de cualquier otro estímulo, beca, ayuda a beneficios que tuviera derecho y les fuera otorgado por instituciones o autoridades estatales, municipales o federales, o bien por personas físicas o morales.

El beneficiario se compromete a comunicar con oportunidad, ante la instancia que corresponda, su cambio de domicilio.

El contenido de este sitio es meramente informativo de comunicación con los ciudadanos

Gobierno del Estado de Coahuila

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